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Mi contrato de alquiler ha vencido, ¿Y ahora qué?

Mi contrato de alquiler ha vencido, ¿Y ahora qué?

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Si has llegado hasta aquí es porque el fin de tu contrato de alquiler está cerca y necesitas saber qué pasos seguir a continuación.

Es probable que te hayas planteado preguntas del tipo: ¿Puedo renovar el contrato?¿Por cuánto tiempo? ¿Y si quiero rescindirlo?

Pues bien, en este artículo de ShBarcelona vamos a explicarte qué opciones tienes ante la finalización de tu contrato de alquiler.

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Renovar el contrato de alquiler

En primer lugar, es muy importante revisar la fecha en la que se firmó el contrato para saber qué legislación se aplica, ya que dependerá del momento en el que se realizó el acuerdo.

Te recordamos que la última legislación, y por tanto, la vigente, es la del 5 de marzo de 2019, que establece que los contratos tienen una duración de 5 años más otros 3 de prórroga. Para empresas será de 7 años más 3 de prórroga.

Para hacer la renovación del contrato de alquiler es imprescindible que las dos partes, arrendador y arrendatario, lleguen a un acuerdo. Esto es así ya que es posible modificar las condiciones pactadas en el primer contrato de alquiler.

En el caso que efectivamente existan modificaciones, es necesario dejar constancia por escrito, en un anexo y firmado por ambas partes dichas modificaciones. Una vez hecho, el contrato vuelve a estar vigente y activo con las nuevas cláusulas establecidas.

Por último, recordaros que si ninguna de las dos partes comunica con anterioridad nada acerca de la finalización del contrato de alquiler, se hará una renovación automática de un año con las mismas condiciones.

Foto de Andrea Piacquadio vía Pexels

¿Y si se ha decidido por la rescisión del contrato de alquiler?

Si por el contrario has decidido rescindir el contrato de alquiler antes de la fecha acordada, debes saber lo siguiente. Según el Artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, podrás cancelar el contrato seis meses después de que este iniciara y comunicándolo con una antelación de 30 días.

Cabe destacar que la legislación del momento de la firma del contrato especifica la antelación con la que hay que comunicar esta rescisión.

Por ejemplo, en los contratos firmados a fecha del último Real Decreto del 5 de marzo de 2019, los inquilinos deben dar 2 meses de antelación, y los propietarios 4 meses de pre aviso.

Por último, es probable que en el contrato exista una cláusula en la que se especifique la indemnización que deberás abonar al arrendador. Normalmente suele ser de una mensualidad por cada año que falta por cumplir de contrato. Será lo proporcional si no llega al año.

Foto de Patrick Perkins vía Unsplash

Pasos a seguir tras la finalización del contrato de alquiler

Si ninguna de las partes quiere mantener el acuerdo, es momento de hacer la finalización del contrato. Para ello, se comprobará que el inmueble esté en buen estado para la devolución de la fianza y el depósito de garantía, así como el documento de entrega de llaves.

En el caso en el que inmueble se devuelva en peores condiciones y con desperfectos, la cantidad equivalente al gasto de la reparación será descontado de la fianza.

Foto de Helloquence vía Unsplash

En cualquier caso, lo más recomendable es consultar con un/a experto/a en la materia para no dar ningún paso en falso. 

Si buscas un contrato de alquiler que se adapte a tus necesidades consulta en nuestra página web las modalidades que ofrecemos y sus beneficios.

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